Fundamentos
Liberalismo y límites al poder: por qué ganar no autoriza todo
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Ganar unas elecciones autoriza a gobernar dentro de ciertas competencias. Una multa ficticia a una publicación crítica permite entender por qué los derechos necesitan controles y vías efectivas de reclamación.
¿Ganar unas elecciones permite a un gobierno decidir cualquier cosa? Desde una perspectiva liberal, el respaldo electoral autoriza a ejercer determinadas competencias; no convierte cada decisión posterior en legítima. La relación entre liberalismo y límites al poder empieza en esa diferencia entre recibir autoridad y disponer de ella sin restricciones.
Imaginemos una autoridad elegida por amplia mayoría que multa a una publicación únicamente por criticar su gestión. Sus partidarios celebran la medida y el gobierno invoca su mandato popular. El supuesto es ficticio, pero plantea una pregunta concreta: ¿qué protege a quienes discrepan cuando el poder cuenta con apoyo para castigarlos?
La respuesta requiere conectar derechos, reglas y posibilidades reales de reclamar. Cada elemento cumple una función que los demás no pueden sustituir.
El mandato electoral tiene un alcance
Elegir gobernantes resuelve una cuestión fundamental: quién recibe autoridad para tomar decisiones públicas. Queda otra: qué puede hacer esa autoridad y bajo qué condiciones. Una mayoría puede escoger un programa sin adquirir por ello la facultad de eliminar las libertades de quienes lo rechazan.
En el Segundo tratado sobre el gobierno civil, Locke vincula la sociedad política con el consentimiento y sostiene que incluso el poder legislativo supremo está sujeto a límites. Debe actuar mediante leyes establecidas y para los fines que justifican su existencia, sin disponer arbitrariamente de las personas. Es un argumento filosófico sobre la autoridad, no una descripción de las elecciones actuales. Véanse los capítulos VIII y XI, especialmente los §§95 y 134–136 del texto de Locke.
Esta distinción permite entender por qué liberalismo y democracia pueden complementarse sin significar lo mismo. La democracia atiende a la participación y a la formación del gobierno; el liberalismo exige justificar y limitar el poder sobre el individuo. La legitimidad de origen no resuelve por sí sola la legitimidad de cada acto.
Tampoco debemos confundir límites con funciones. Un gobierno puede asumir pocas tareas y ejercerlas arbitrariamente. La diferencia entre gobierno limitado y gobierno mínimo consiste precisamente en separar las restricciones al ejercicio del poder del catálogo de actividades estatales. Los liberales discrepan sobre ese catálogo; ninguna respuesta vuelve innecesarios los controles.
Idea clave: El consentimiento para gobernar no equivale a una autorización ilimitada sobre la vida de los gobernados.
Los derechos permiten discrepar sin pedir permiso
En nuestro ejemplo, el problema no desaparece si la publicación tiene pocos lectores o resulta antipática. Desde el criterio liberal que guía este artículo, la libertad de criticar debe proteger también a quien pierde votaciones. Si dependiera de agradar al gobierno, sería una concesión revocable.
Aquí conviene distinguir dos planos. La justificación moral explica por qué una libertad merece respeto. La garantía jurídica establece cómo se reconoce y qué puede hacerse cuando alguien la vulnera. Defender un derecho en teoría no crea automáticamente una vía para exigirlo.
Las propias justificaciones liberales varían. Locke apela a la ley natural, mientras que Mill defiende la libertad desde una justificación utilitarista. En el capítulo I de Sobre la libertad, Mill advierte además que la mayoría puede amenazar la autonomía mediante el poder público y mediante presiones sociales. Su formulación contiene exclusiones históricas coloniales inaceptables; no debe presentarse como una exposición plenamente igualitaria. La advertencia sobre la presión mayoritaria sigue siendo pertinente sin aceptar esas exclusiones. Véase *On Liberty*, capítulo I.
En la multa ficticia actúa la coerción estatal: hay una sanción impuesta por la autoridad. El rechazo social a la publicación plantea otro problema, con mecanismos diferentes. Distinguirlos evita tratar toda crítica entre ciudadanos como si fuera una prohibición gubernamental.
Reconocer derechos tampoco elimina toda discusión sobre responsabilidades. Exige que una restricción tenga una justificación distinta de la conveniencia del gobernante o de la impopularidad de quien habla.
Cómo pasa un límite de las palabras a las instituciones
Supongamos que la autoridad responde: «La multa está permitida por una ley». Eso obliga a examinar la norma y su aplicación. La existencia de una autorización legal no demuestra, por sí sola, que el poder esté suficientemente limitado.
Las reglas públicas y generales permiten conocer las condiciones de actuación y cuestionar tratamientos selectivos. Sin embargo, una prohibición de criticar al gobierno podría aplicarse a todos por igual y seguir vulnerando la libertad. La generalidad de una norma no garantiza que su contenido respete los derechos.
También importa quién hace cada cosa. Si la autoridad ofendida puede definir la infracción, imponer la multa y resolver definitivamente la reclamación, reúne instrumentos para proteger su propio interés. Distribuir competencias busca reducir esa concentración.
Montesquieu examina el peligro de reunir las potestades legislativa, ejecutiva y de juzgar, y contempla facultades de impedir y examinar actuaciones. Su explicación histórica no equivale al diseño judicial contemporáneo. Permite, no obstante, distinguir separación de poderes y contrapesos: repartir funciones es una cosa; habilitar controles entre autoridades es otra. Véase *Del espíritu de las leyes*, XI.6/L11/C6).
La cadena necesita además revisión independiente y una respuesta capaz de corregir la vulneración. Como referencia institucional, la Comisión de Venecia incluye legalidad, prevención del abuso y acceso a la justicia entre las dimensiones del Estado de derecho. Su lista de verificación sirve para evaluar instituciones; no certifica que estas funcionen por llevar el nombre adecuado.
El razonamiento que proponemos conecta esas piezas: las reglas encauzan la decisión, la distribución de competencias dificulta concentrarla y la revisión permite impugnarla. Ninguna garantiza resultados por sí sola. Para ampliar los mecanismos institucionales, puede consultarse el artículo sobre límites del poder político.
Idea clave: Un derecho escrito necesita una vía de reclamación y autoridades capaces de hacer efectiva la respuesta.
La multa a la publicación, paso a paso
Volvamos al supuesto. La autoridad debe explicar qué conducta sanciona, qué competencia ejerce y qué razones sostienen la decisión. «Nos criticaron» describe el motivo de su enfado; no basta para justificar una restricción de la libertad de expresión.
Al interpretar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comité de Derechos Humanos señala que las restricciones a la libertad de expresión deben responder a fines admitidos y cumplir requisitos de necesidad y proporcionalidad. Señala también que el carácter ofensivo de una expresión para una figura pública no basta para justificar sanciones. Más concretamente, rechaza sancionar a un medio únicamente por criticar al gobierno. Estos criterios protegen la crítica sin otorgar inmunidad frente a cualquier responsabilidad. Véanse los §§33–35, 38 y 42 de la Observación general 34.
La publicación necesita poder discutir tanto la base de la multa como su aplicación ante una instancia independiente. De poco serviría presentar argumentos si quien revisa está obligado a confirmar lo decidido. Una garantía útil debe permitir examinar la objeción y adoptar las medidas procedentes.
El tiempo también importa en nuestro ejemplo: una reclamación que llega cuando la publicación ha cerrado puede resultar insuficiente para preservar su actividad. Esto ilustra por qué debemos preguntar por la accesibilidad y la eficacia del recurso, además de comprobar que existe formalmente.
El Comité vincula los recursos efectivos con el cese de las vulneraciones y su reparación en los §§15–17 de la Observación general 31. Se trata de la interpretación de obligaciones de los Estados partes. La vía concreta y las medidas aplicables dependen del ordenamiento y del caso; nuestro supuesto no anticipa una sentencia nacional ni una indemnización automática.
Los controles también deben rendir cuentas
Una objeción merece atención: revisar decisiones puede retrasar la acción pública y producir bloqueos. Desde la perspectiva editorial de este artículo, un buen límite debe permitir gobernar dentro de competencias claras y ofrecer correcciones oportunas. Multiplicar trámites sin mejorar la protección no satisface ese criterio.
También es legítimo preguntar quién controla a los revisores. Un juez puede equivocarse o exceder sus atribuciones. Por eso defendemos competencias delimitadas, decisiones motivadas y vías de revisión cuando correspondan. La independencia requiere protección frente a presiones, junto con responsabilidad por el ejercicio de la función.
Hay una tensión real cuando un órgano sin mandato electoral invalida una decisión mayoritaria. La defensa liberal de ese control depende de su cometido: hacer valer límites jurídicos a la autoridad. Si sustituye sin fundamento las decisiones políticas que otros tienen competencia para adoptar, también debe ser cuestionado.
Idea clave: El criterio liberal debe aplicarse tanto a quien gobierna como a quien controla: ambos ejercen poder y deben justificar su uso.
La prueba es poder reclamar aun estando en minoría
Para evaluar el caso inicial conviene preguntar tres cosas: ¿la autoridad tiene que justificar la multa conforme a reglas compatibles con los derechos? ¿La publicación puede impugnarla ante una instancia independiente? ¿Una decisión favorable puede producir una corrección efectiva?
Responder exige mirar cómo funcionan las instituciones. Un texto constitucional, una oficina de reclamaciones o una sentencia incumplida dejan preguntas abiertas.
La autoridad elegida conserva su mandato para gobernar. La publicación conserva su libertad de cuestionarla. Que ambas cosas puedan coexistir, incluso cuando la crítica irrita a la mayoría, es la prueba concreta de los límites al poder que el liberalismo defiende.
Sobre el autor
Daniel Sardá es SEO Specialist, técnico superior universitario en Comercio Exterior por la Universidad Simón Bolívar y editor de Libertatis Venezuela. Escribe sobre liberalismo, economía política, instituciones, propaganda y libertad individual desde una perspectiva independiente y no partidista.